Pleno
Está integrado por todos los Concejales que resultan elegidos, y es presidido por el Alcalde. Le corresponde el ejercicio de una serie de competencias, que podrían agruparse de la siguiente forma:
* De control del resto de órganos de gobierno (conoce los Decretos y resoluciones del Alcalde y Concejales, Delegados; plantea ruegos y preguntas; aprueba las cuentas; vota las mociones de censura y las cuestiones de confianza, etc.)
* De ordenación general (aprobación de instrumentos de ordenación urbanística -PGOU-; de las Ordenanzas Municipales; del Presupuesto del Municipio, etc.)
* De naturaleza patrimonial (alteración de la calificación jurídica de los bienes de propiedad municipal; venta de los mismos cuando su importe exceda de la cuantía legalmente establecida; contratos de gran envergadura, etc.)
* De mantenimiento de la identidad municipal (alteraciones del término municipal o de la capitalidad del municipio; participación en Mancomunidades o Consorcios; aceptación de competencias delegadas por otras administraciones, etc.)